Entidad en régimen de atribución de rentas

Renta atribuida

El FCT es totalmente acreditable contra el impuesto final en el régimen de las PYME, pero sólo parcialmente en el PIS (sólo es acreditable el 65%). Sin embargo, los propietarios extranjeros de una entidad del SIP que sean residentes en una jurisdicción del TDT también tienen derecho a un crédito total.

De esta manera, aquellos contribuyentes que se acogen al régimen PYME establecido en el artículo 14 letra D) de la Ley del Impuesto a la Renta, “ITL” (micro, pequeñas y medianas empresas), se les reducirá el impuesto de primera categoría a pagar por los años comerciales 2020, 2021 y 2022.

Así, el gobierno a través de una nueva ley estableció una reducción temporal de la tasa de este impuesto, de 25% a 10% durante tres años comerciales, sujeto a medidas para focalizar el incentivo y evitar su mal uso.

Asimismo, los contribuyentes que se acojan a esta reducción verán reducida a la mitad la cuota provisional mensual (“PPM”) que les corresponda pagar en los ejercicios 2020, 2021 y 2022. Esta reducción de los PPM se aplicará respecto a la presentación y pago que deba realizarse en el mes siguiente a la publicación de la ley en el Boletín Oficial.

Normas de atribución de beneficios

El FCT es totalmente acreditable contra el impuesto final en el régimen de las PYME, pero sólo parcialmente en el PIS (sólo es acreditable el 65%). Sin embargo, los propietarios extranjeros de una entidad PIS que sean residentes en una jurisdicción TDT también tienen derecho a un crédito total.

De esta manera, aquellos contribuyentes que se acogen al régimen PYME establecido en el artículo 14 letra D) de la Ley del Impuesto a la Renta, “ITL” (micro, pequeñas y medianas empresas), se les reducirá el impuesto de primera categoría a pagar por los años comerciales 2020, 2021 y 2022.

Así, el gobierno a través de una nueva ley estableció una reducción temporal de la tasa de este impuesto, de 25% a 10% durante tres años comerciales, sujeto a medidas para focalizar el incentivo y evitar su mal uso.

Asimismo, los contribuyentes que se acojan a esta reducción verán reducida a la mitad la cuota provisional mensual (“PPM”) que les corresponda pagar en los ejercicios 2020, 2021 y 2022. Esta reducción de los PPM se aplicará respecto a la presentación y pago que deba realizarse en el mes siguiente a la publicación de la ley en el Boletín Oficial.

Imputación de la renta imponible

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Aunque Alemania no ha experimentado cambios importantes en sus normas fiscales desde la reforma fiscal de 2008, se espera que la aplicación propuesta de la Directiva contra la elusión fiscal (ATAD) y otros planes de reforma fiscal publicados en 2020 afecten significativamente a la planificación fiscal transfronteriza que implique a Alemania mediante la introducción y el refuerzo de las normas antihíbridas, la retención en origen y la imposición de salida.

El siguiente resumen de la legislación comercial y fiscal alemana está diseñado para informar a los inversores extranjeros sobre sus opciones fiscales generales en la adquisición de un negocio en Alemania. A menos que se indique lo contrario, el comentario no tiene en cuenta el recargo de solidaridad alemán del 5,5% sobre el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Como novedad, en comparación con el proyecto de ley del 10 de diciembre de 2019, está la reforma de las normas de las sociedades extranjeras controladas (CFC) para evitar el traslado de ingresos pasivos inducido por los impuestos a jurisdicciones de baja imposición. Esto se aplicaba en general a partir de 2021, pero se retrasa un año. Se mantendrá el concepto básico de las normas sobre las SEC, así como la primacía de las disposiciones establecidas en la Ley del Impuesto sobre las Inversiones. Sin embargo, la normativa se revisará exhaustivamente en detalle, especialmente en lo que se refiere a los criterios de cambio de control, los ajustes de la prueba del motivo en forma de requisito de notificación en lugar de requisito de declaración para los casos de prueba del fondo (“Prueba de Cadbury Schweppes”), y la eliminación del concepto de empresas intermediarias de nivel inferior.

Ley de estimación del impuesto sobre la renta de 1997

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes se rige actualmente por el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y por el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, así como por las modificaciones incluidas en la Ley 26/2014, todo lo cual establece el régimen fiscal aplicable a las personas o entidades no residentes que obtengan rentas de fuente española.

Como aspecto especial, el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes establece que las personas físicas no residentes que acrediten su residencia habitual en otro país de la UE o en un Estado miembro del EEE con el que exista un efectivo intercambio de información tributaria, y que hayan obtenido en España rendimientos salariales y de actividades empresariales que supongan al menos el 75% de su renta mundial o que hayan obtenido en España rentas inferiores al 90% de las desgravaciones personales y familiares que les hubieran correspondido de haber sido residentes fiscales en España, y las rentas obtenidas fuera de España hayan sido también inferiores a dicha desgravación, podrán optar por tributar como personas físicas residentes (PIT).