Interposicion recurso contencioso administrativo

Evento paralelo clave: tierra para el futuro: la necesidad de actuar

Disposiciones legislativas pertinentes: Derecho InternacionalDerecho Internacional > Convención sobre los Refugiados de 1951Derecho de la Unión Europea > ES – Directiva sobre procedimientos de asilo, Directiva 2005/85/CE del Consejo de 1 de diciembre de 2005 > Art 7Derecho de la Unión Europea > ES – Directiva sobre requisitos, Directiva 2004/83/CE, de 29 de abril de 2004Derecho de la Unión Europea > ES – Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea > Artículo 18Derecho de la Unión Europea > ES – Directiva refundida sobre procedimientos de asilo 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo > Artículo 9Derecho de la Unión Europea > ES – Directiva refundida sobre requisitos, Directiva 2011/95/UE, de 13 de diciembre de 2011 > Artículo 24

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Cita completa:    Código de Procedimiento de los Tribunales Administrativos en la versión de la promulgación del 19 de marzo de 1991 (Gaceta de Derecho Federal I página 686), modificada más recientemente por el artículo 5, subsección 24 de la Ley de 21 de junio de 2019 (Gaceta de Derecho Federal I página 846)

4a) el traspaso a otro tribunal administrativo o a varios tribunales administrativos del Land de conjuntos de procedimientos en los que la competencia territorial está determinada según el artículo 52 núm. 2 primera, segunda o quinta frase

6. el traspaso a otro tribunal de los conjuntos de procedimientos que están pendientes en el curso de las medidas descritas en los números 1, 3, 4 y 4a, si la competencia no debe determinarse de acuerdo con las disposiciones anteriormente válidas.

Las disposiciones del Título II de la Ley de Constitución de Tribunales (Gerichtsverfassungsgesetz) se aplicarán mutatis mutandis a los tribunales de la jurisdicción administrativa. Los miembros y los tres suplentes de la sala de jueces con competencia para dictar sentencias de acuerdo con el apartado 2 del artículo 99 serán determinados por el Presidium, en cada caso por una duración de cuatro años. Los miembros y sus suplentes deberán ser jueces vitalicios.

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De acuerdo con el artículo 37 de la LCSP, los contratos sujetos a regulación armonizada, incluidos los contratos subvencionados, los acuerdos de adjudicación provisional, los pliegos de condiciones que regulen la licitación y los que establezcan las características del suministro, así como los actos de trámite adoptados en el procedimiento anterior, siempre que éstos decidan directa o indirectamente la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión irreparable o perjuicio a derechos o intereses legítimos, deben ser la

la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña o en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.