Tribunales de justicia españa

Tribunales superiores de justicia

Los Tribunales Superiores de Justicia son tribunales del sistema judicial español cuyo ámbito territorial abarca una comunidad autónoma, tal y como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La Constitución española de 1978 definió la organización territorial del Estado español como una jerarquía de municipios, provincias y comunidades autónomas. La actual estructura administrativa descentralizada se conoce como “Estado regional” o, en España, “Estado de las autonomías”.

Las comunidades autónomas poseen sus propias competencias legislativas y ejecutivas, que les confiere su Estatuto de Autonomía o que les transfiere el Estado, de acuerdo con la Constitución española de 1978.

Sin embargo, una diferencia cualitativa importante entre el estado de las comunidades autónomas y un estado federal es que las comunidades autónomas no tienen un órgano judicial propio que juzgue los casos según su propia ley; en su lugar, las comunidades ejercen el poder judicial unificado del estado español. A pesar de ello, la legislación relativa a las comunidades autónomas prevé que éstas tengan un papel judicial, por ejemplo, en las competencias de los funcionarios en la administración del sistema judicial y de los recursos materiales y económicos. Además, la asamblea legislativa de cada comunidad participa en el nombramiento de un tercio de los miembros de la sala civil y penal del respectivo tribunal superior de justicia: la asamblea elabora una terna y la presenta al Consejo General del Poder Judicial, que selecciona a uno de los candidatos para el puesto en cuestión.

Audiencia provincial de madrid

1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por los Jueces y Magistrados del Poder Judicial, que serán independientes, inamovibles y estarán sometidos únicamente al imperio de la ley.

La Constitución española de 1978 establece que la justicia emana del pueblo y es administrada en nombre del Rey por los Jueces y Magistrados del Poder Judicial, que son independientes, inamovibles, responsables de sus actos y están sometidos únicamente al imperio de la ley. La Constitución establece el principio de unidad jurisdiccional como piedra angular de la estructura organizativa y del funcionamiento del sistema judicial.

El estatuto marco de la estructura organizativa del poder judicial es la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, que regula, entre otras cuestiones, el ámbito y los límites de la jurisdicción, la organización territorial, la composición y las competencias de los órganos judiciales, los órganos de gobierno del poder judicial, la carrera judicial, la independencia y la responsabilidad, las normas sobre la estructura organizativa y el funcionamiento de la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal.

Tribunal constitucional español

Los Tribunales Superiores de Justicia son tribunales del sistema judicial español cuyo ámbito territorial abarca una comunidad autónoma, tal y como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La Constitución española de 1978 definió la organización territorial del Estado español como una jerarquía de municipios, provincias y comunidades autónomas. La actual estructura administrativa descentralizada se conoce como “Estado regional” o, en España, “Estado de las autonomías”.

Las comunidades autónomas poseen sus propias competencias legislativas y ejecutivas, que les confiere su Estatuto de Autonomía o que les transfiere el Estado, de acuerdo con la Constitución española de 1978.

Sin embargo, una diferencia cualitativa importante entre el estado de las comunidades autónomas y un estado federal es que las comunidades autónomas no tienen un órgano judicial propio que juzgue los casos según su propia ley; en su lugar, las comunidades ejercen el poder judicial unificado del estado español. A pesar de ello, la legislación relativa a las comunidades autónomas prevé que éstas tengan un papel judicial, por ejemplo, en las competencias de los funcionarios en la administración del sistema judicial y de los recursos materiales y económicos. Además, la asamblea legislativa de cada comunidad participa en el nombramiento de un tercio de los miembros de la sala civil y penal del respectivo tribunal superior de justicia: la asamblea elabora una terna y la presenta al Consejo General del Poder Judicial, que selecciona a uno de los candidatos para el puesto en cuestión.

Tribunal superior de justicia de españa

Los Tribunales Superiores de Justicia son tribunales del sistema judicial español cuyo ámbito territorial abarca una comunidad autónoma, tal y como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La Constitución española de 1978 definió la organización territorial del Estado español como una jerarquía de municipios, provincias y comunidades autónomas. La actual estructura administrativa descentralizada se conoce como “Estado regional” o, en España, “Estado de las autonomías”.

Las comunidades autónomas poseen sus propias competencias legislativas y ejecutivas, que les confiere su Estatuto de Autonomía o que les transfiere el Estado, de acuerdo con la Constitución española de 1978.

Sin embargo, una diferencia cualitativa importante entre el estado de las comunidades autónomas y un estado federal es que las comunidades autónomas no tienen un órgano judicial propio que juzgue los casos según su propia ley; en su lugar, las comunidades ejercen el poder judicial unificado del estado español. A pesar de ello, la legislación relativa a las comunidades autónomas prevé que éstas tengan un papel judicial, por ejemplo, en las competencias de los funcionarios en la administración del sistema judicial y de los recursos materiales y económicos. Además, la asamblea legislativa de cada comunidad participa en el nombramiento de un tercio de los miembros de la sala civil y penal del respectivo tribunal superior de justicia: la asamblea elabora una terna y la presenta al Consejo General del Poder Judicial, que selecciona a uno de los candidatos para el puesto en cuestión.