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Ley 30 1981 de 7 de julio
7 de julio
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Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 7 de julio de 1981. # International Business Machines Corporation contra Comisión de las Comunidades Europeas. # Decisión de incoar un procedimiento con arreglo al artículo 86 del Tratado CEE y pliego de cargos. # Asuntos acumulados 60 y 190/81 R.
Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 7 de julio de 1981. International Business Machines Corporation contra Comisión de las Comunidades Europeas. Decisión de incoar un procedimiento con arreglo al artículo 86 del Tratado CEE y pliego de cargos. Asuntos acumulados 60 y 190/81 R.
Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 7 de julio de 1981. International Business Machines Corporation contra la Comisión de las Comunidades Europeas. Decisión de incoar un procedimiento con arreglo al artículo 86 del Tratado CEE y pliego de cargos. Asuntos acumulados 60 y 190/81 R.
Agosto de 1981
Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 7 de julio de 1981. # International Business Machines Corporation contra la Comisión de las Comunidades Europeas. # Decisión de incoar un procedimiento con arreglo al artículo 86 del Tratado CEE y pliego de cargos. # Asuntos acumulados 60 y 190/81 R.
Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 7 de julio de 1981. International Business Machines Corporation contra Comisión de las Comunidades Europeas. Decisión de incoar un procedimiento con arreglo al artículo 86 del Tratado CEE y pliego de cargos. Asuntos acumulados 60 y 190/81 R.
Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 7 de julio de 1981. International Business Machines Corporation contra la Comisión de las Comunidades Europeas. Decisión de incoar un procedimiento con arreglo al artículo 86 del Tratado CEE y pliego de cargos. Asuntos acumulados 60 y 190/81 R.
POR ESTOS MOTIVOS, EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL, COMO MEDIDA CAUTELAR, ORDENA LO SIGUIENTE: 1. SE DESESTIMAN LAS SOLICITUDES DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES. 2. SE RESERVAN LAS COSTAS, INCLUIDAS LAS DE LA INTERVENCIÓN.
Septiembre de 1981
Catherine Hoste, demandante-apelante, contra Radio Corporation of America Record Sales, Inc.; Alliedartists Pictures Corporation; Hill and Range Songs, Inc.; don Robertson; Hal Blair; Vernon E. Presley, Executor of Theestate of Elvis Presley, Deceased; Gladys Music, Inc.
John W. Knox y Everett B. Best, apelados, contra David B. Lichtenstein, Sr., William A. Gerard, Lyle S.woodcock, Sidney N. Held, David B. Lichtenstein, jr., Oscar H. Love, Carl A. Algren, american National Bank in St.louis, apelante
The Governors of the United States Postal Service, Petitioner, v. the United States Postal Rate Commission, Respondent,southern Pacific Communications Company and Gte Telenetcommunications Corporation, Intervenors
Alcoa Steamship Company, Inc., demandante-apelante, contra M/v Nordic Regent, sus calderas, aparejos, maquinaria y otros accesorios in rem, y Norcross Shipping Co. inc., como su propietario, in personam, demandados-apelados
Alcoa Steamship Company, Inc., demandante-apelante, contra M/v Nordic Regent, sus calderas, aparejos, maquinaria y otros accesorios, y Norcross Shipping Co.
Noviembre de 1981
Esta es una versión digitalizada de un artículo del archivo impreso de The Times, antes del inicio de la publicación en línea en 1996. Para preservar estos artículos tal y como aparecieron originalmente, The Times no los altera, edita o actualiza.
La internacional Isabel Perón fue puesta en libertad condicional por un tribunal argentino. La ex presidenta y viuda de Juan Perón ha estado bajo arresto domiciliario desde que fue derrocada por los líderes militares hace cinco años. Los abogados de la Sra. Perón dijeron que probablemente se quedaría en Argentina uno o dos días antes de partir hacia Panamá o España. (Página A1, Columna 4.) El Gobierno prometió nuevas medidas para proteger a la policía británica después de un fin de semana de disturbios en Londres y Liverpool que hirió gravemente a cientos de agentes y que fue descrito por un ministro del Gabinete como “la situación más preocupante de este tipo que jamás haya visto este país”. (A1:5.)