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Recurso extraordinario por infracción procesal formulario
decisión preliminar
La cláusula 2 del anexo 3 establece un período de amnistía, antes de la aplicación de la ley a los infractores de multas existentes en virtud de la cláusula 3 de dicho anexo, durante el cual se suspende la acción para enviar a prisión a los infractores de multas existentes.
s 3: Enmienda 1997 nº 119, Sch 2.7; 1998 nº 35, Sch 1 [1]; 1998 nº 99, Sch 1.4 [1]; 2001 nº 121, Sch 2.115 [1]; 2004 nº 43, Sch 1 [1]; 2006 nº 9, Sch 1 [1]; 2007 nº 94, Sch 2; 2008 nº 110, Sch 1 [1]; 2008 nº 112, Sch 6.8; 2009 nº 51, Sch 2 [1]; 2010 nº 59, Sch 1.12 [1].
Si el pago de la multa no se realiza en la fecha de vencimiento, se puede dictar una orden judicial de ejecución de la multa contra la persona. Si la persona no paga el importe (incluidos los costes de ejecución) en un plazo de 28 días, se podrán adoptar las medidas de ejecución autorizadas por esta Ley (véase la parte 4).
(3) El registrador podrá, a efectos de tramitar una solicitud, exigir al solicitante que facilite información o documentos en apoyo de la misma (incluidos los documentos relativos a los medios económicos y la identidad del solicitante). El registrador podrá negarse a tramitar la solicitud si no se facilitan los datos o documentos.
tribunal de justicia de las comunidades europeas
Esta publicación está autorizada bajo los términos de la Open Government Licence v3.0, salvo que se indique lo contrario. Para ver esta licencia, visite nationalarchives.gov.uk/doc/open-government-licence/version/3 o escriba al Information Policy Team, The National Archives, Kew, London TW9 4DU, o envíe un correo electrónico a: [email protected].
1.3 Esta guía debe leerse junto con las publicaciones de la CMA Administrative Penalties: Statement of policy on the CMA’s approach (CMA4), Transparency and Disclosure: Statement of the CMA’s policy and approach (CMA6) y Prioritisation principles for the CMA (CMA16), que describen la base sobre la que la CMA decide qué casos investigar.
1.4 Esta guía establece los procedimientos de la CMA y explica cómo la CMA lleva a cabo generalmente las investigaciones sobre presuntas infracciones del derecho de la competencia. Representa la práctica de la CMA en la fecha de publicación de este documento. Puede ser revisada de vez en cuando para reflejar los cambios en las mejores prácticas o en la ley y la experiencia de la CMA en la evaluación e investigación de casos.
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Esta publicación está autorizada bajo los términos de la Licencia de Gobierno Abierto v3.0, salvo que se indique lo contrario. Para ver esta licencia, visite nationalarchives.gov.uk/doc/open-government-licence/version/3 o escriba al Information Policy Team, The National Archives, Kew, London TW9 4DU, o envíe un correo electrónico a: [email protected].
1.3 Esta guía debe leerse junto con las publicaciones de la CMA Administrative Penalties: Statement of policy on the CMA’s approach (CMA4), Transparency and Disclosure: Statement of the CMA’s policy and approach (CMA6) y Prioritisation principles for the CMA (CMA16), que describen la base sobre la que la CMA decide qué casos investigar.
1.4 Esta guía establece los procedimientos de la CMA y explica cómo la CMA lleva a cabo generalmente las investigaciones sobre presuntas infracciones del derecho de la competencia. Representa la práctica de la CMA en la fecha de publicación de este documento. Puede ser revisada de vez en cuando para reflejar los cambios en las mejores prácticas o en la ley y la experiencia de la CMA en la evaluación e investigación de casos.
procedimiento preliminar de referencia
La Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) sigue existiendo junto a la Unión Europea. Dado que la competencia del Tribunal de Justicia con respecto a Euratom es, en principio, la misma que su competencia con respecto a la Unión Europea, y para que la presentación siguiente sea más clara, toda referencia al Derecho de la Unión Europea abarcará también el Derecho que rige Euratom.
El Tribunal de Justicia está compuesto por 27 jueces y 11 abogados generales. Los Jueces y los Abogados Generales son nombrados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros, previa consulta a un comité encargado de pronunciarse sobre la idoneidad de los candidatos para el ejercicio de sus funciones. Son nombrados por un mandato de seis años, renovable. Son elegidos entre personas cuya independencia esté fuera de toda duda y que posean las cualificaciones requeridas para ser nombrados, en sus respectivos países, para las más altas funciones judiciales, o que sean de reconocida competencia.