Reglamento de revisión en via administrativa

Revisión administrativa uk

(1) Siempre que el FNS haga valer una reclamación contra una agencia estatal, ésta podrá apelar la reclamación solicitando una revisión administrativa. Las reclamaciones del FNS que pueden ser apeladas son las facturaciones que resultan de las pérdidas financieras involucradas en la aceptación, almacenamiento y emisión de cupones (§ 276.2), las facturaciones basadas en cargos de negligencia o fraude (§ 276.3) y las denegaciones de fondos federales por incumplimiento de la agencia estatal con la Ley de Alimentos y Nutrición de 2008, los reglamentos o el Plan Estatal de Operaciones aprobado por el FNS (§ 276.4).

(2) Una agencia estatal agraviada por una reclamación tendrá la opción de solicitar una audiencia para presentar su posición, además de una revisión del expediente y de cualquier escrito presentado por la agencia estatal. A menos que las circunstancias justifiquen lo contrario, las audiencias de las reclamaciones por negligencia y las denegaciones de fondos federales se celebrarán ante una Junta de Apelación y las audiencias de las reclamaciones de otro tipo se celebrarán ante un único funcionario de audiencia. En cualquier caso, las personas que revisen la reclamación serán personas que no hayan participado en la decisión de presentar la reclamación.

Muestra de revisión administrativa

la solicitud de revisión debe estar firmada por, o en nombre de, la persona que es objeto de la determinación, orden, decisión o enmienda que se está revisando, y debe contener toda la información siguiente:

5 (1) Si una solicitud de revisión no cumple con la sección 2 (1), el revisor podrá entregar una notificación escrita de las deficiencias a la persona solicitante, invitándola, dentro de un período especificado en la notificación, a presentar más material que subsane las deficiencias.

7.3 (1) Si una solicitud de revisión no se ajusta a lo dispuesto en el apartado 2 (1), el ministro podrá entregar una notificación escrita de las deficiencias a la persona solicitante, invitándola, dentro de un plazo especificado en la notificación, a presentar más material que subsane las deficiencias.

(2) Si se presenta una solicitud de revisión en virtud del artículo 80 (1) de la Ley de Prácticas Forestales y de Pastizales, el ministro deberá entregar una copia de la solicitud a la persona que haya tomado la decisión objeto de la misma.

(4) Si la junta solicita una revisión, en virtud del artículo 214 (3) de la Ley de Prácticas Forestales y de Pastizales, de la aprobación de un plan de desarrollo forestal o de un plan de uso de pastizales, o de una enmienda a cualquiera de ellos, el ministro deberá entregar una copia de la solicitud de revisión a

Revisión administrativa de las normas de inmigración

o dio efecto al plan o a la enmienda;(f) la dirección para la notificación de la junta;(g) los motivos de la revisión;(h) una declaración de la reparación solicitada.[en. B.C. Reg. 83/2006, s. 2.]División 2 – Procedimientos tras la recepción de la solicitud de revisión en virtud del Bosque

(1) El revisor debe entregar una notificación de revisión a(a) la persona que solicitó la revisión, y(b) las personas mencionadas en la sección 7.4.(2) Si la revisión va a implicar una audiencia oral, la notificación de revisión debe especificar

bien, el ministro deberá entregar una copia de la solicitud de revisión a(a) el titular del plan o de la modificación, y(b) la persona que haya tomado la decisión.[am. B.C. Reg. 353/2004, s. 4.]Solicitud de revisión deficiente10

ser considerado por un panel, y(c) fijar la fecha, hora y lugar de la audiencia.(d) Derogado. [B.C. Reg. 240/2015, Ap. 2, s. 3.][en. B.C. Reg. 83/2006, s. 13; am. B.C. Reg. 240/2015, Ap. 2, s. 3.]Derogado22

(1) Si se añade una parte a una apelación, la comisión debe notificar rápidamente por escrito la adición a las otras partes y a cualquier interviniente. (2) Si se invita o se permite a un coadyuvante a participar en la audiencia de un recurso, la comisión deberá notificar por escrito sin demora a las partes y a cualquier otro coadyuvante(a) indicando que el coadyuvante ha sido invitado o se le ha permitido participar en la audiencia, y(b) especificando la medida en que se le permitirá participar.[en. B.C. Reg. 240/2015, Ap. 2, s. 5.]Derogado24

Recurso administrativo en materia de contratación pública

La composición de la Junta de Revisión de la Arquitectura (ARB) incluye principalmente recursos técnicos de IS&T que residen en el equipo de Arquitectura del Ecosistema. Sin embargo, la ARB aprovechará a los expertos en la materia según sea necesario.

La Junta de Revisión de la Arquitectura (ARB) se reunirá cada dos semanas. Durante los periodos críticos, la frecuencia de las reuniones podrá incrementarse para satisfacer las necesidades del programa. El Presidente o la persona que éste designe pondrán a disposición las comunicaciones, la orientación y la información, como los calendarios de las reuniones, los órdenes del día y las actas.