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Revista de derecho mercantil
revisión del derecho de la organización empresarial europea
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El derecho comercial, también conocido como derecho mercantil o derecho del comercio, es el conjunto de leyes que se aplican a los derechos, las relaciones y la conducta de las personas y las empresas que se dedican al comercio, la mercadería, el comercio y las ventas[1] A menudo se considera una rama del derecho civil y se ocupa de cuestiones tanto de derecho privado como de derecho público.
El derecho mercantil incluye en su ámbito títulos como el de principal y agente; el transporte por tierra y mar; la marina mercante; la garantía; los seguros marítimos, de incendio, de vida y de accidentes; las letras de cambio, los títulos negociables, los contratos y las sociedades[2] Muchas de estas categorías se incluyen en el derecho financiero, un aspecto del derecho mercantil que se refiere específicamente a la financiación y a los mercados financieros. También puede entenderse que regula los contratos empresariales, las prácticas de contratación y la fabricación y venta de bienes de consumo. Muchos países han adoptado códigos civiles que contienen declaraciones completas de su derecho mercantil.
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Ambas codificaciones tienen su origen en la época imperial (1900 y 1897, respectivamente) y no se han visto afectadas en gran medida por la agitación y los trastornos políticos. Aunque tanto el BGB como el HGB han sido modificados en varias ocasiones, muchos de los principios fundamentales siguen siendo los mismos, especialmente los que se remontan al derecho romano.
A menos que se especifique lo contrario, los contratos no tienen que ser por escrito, ni tienen que ser notariados (las excepciones son los contratos de venta de bienes inmuebles). Pueden celebrarse verbalmente, y los tribunales no dudarán en hacerlos valer si se puede demostrar su existencia. Sin embargo, por razones prácticas, es aconsejable que las partes documenten su acuerdo por escrito, tanto para obtener claridad sobre el contenido exacto de su relación como para que sirva de prueba en un posible litigio.
Los contratos se celebran mediante dos declaraciones de intenciones concurrentes: la oferta y la aceptación. Estas declaraciones tienen que contener los términos y condiciones esenciales de un acuerdo, en particular las principales obligaciones de ejecución. Una parte puede declarar su intención de forma expresa o mediante una conducta implícita. Por ejemplo, la jurisprudencia ha confirmado que un contrato entre una empresa inmobiliaria y una empresa de servicios públicos puede celebrarse mediante el envío por la primera de una oferta de compra y el suministro por la segunda de las cantidades solicitadas de electricidad y agua.
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